27 de Junio de 2017 -
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7 cuestiones sobre la piscina que debe tener en cuenta una comunidad de vecinos
La temporada de piscina ha comenzado, tanto en las destinadas a uso público como en las de uso privativo. La existencia de una instalación de este tipo en una comunidad de vecinos es un valor añadido para los propietarios, pero también es una responsabilidad.
Aunque existen algunas normas comunes al territorio nacional, cada comunidad autónoma tiene competencias para desarrollar su propia reglamentación. Teniendo esto en cuenta, hemos seleccionado siete aspectos que las comunidades de vecinos de Castilla-La Mancha deben tener en cuenta si disponen de piscina:
- La Comunidad, como propietaria de la instalación, tiene la obligación de mantenerla en perfecto estado de limpieza, conservación e higiene, así como velar por el cumplimiento de los requisitos sanitarios y de seguridad. En este apartado hay que reseñar que la piscina debe pasar las correspondientes inspecciones de calidad del agua que son competencia de los ayuntamientos. Igualmente, se debe realizar los tratamientos necesarios que garanticen las óptimas condiciones del agua y dar cuenta de ellos en un libro de registro. Una buena forma de asegurarse un correcto mantenimiento y la adaptación a la normativa vigente es contratar los servicios de una empresa especializada que asuma esta labores.
- Antes del comienzo de la temporada es recomendable comprobar el estado en el que se encuentra la instalación, prestando especial atención al pavimento que rodea el vaso, a la superficie interior del mismo, a las duchas y al cerramiento que impida el acceso en el horario en el que no esté abierta la piscina.
- Para regular el uso interno de la piscina entre los inquilinos, es conveniente contar con un reglamento de régimen interno en el que, entre otras cosas, se deje constancia del horario y de la fórmula elegida para controlar la entrada de invitados. Además, se puede limitar las actividades que puedan ocasionar molestias a otros bañistas o incluir otras normas de convivencia.
- De forma general, está prohibida la presencia de animales en el recinto de la piscina, a excepción de los perros guía, así como la instalación de trampolines.
- Contratar los servicios de un equipo de socorristas acreditados durante todo el horario de apertura de la piscina. Las piscinas con una lámina de agua inferior a los 100 metros cuadrados pueden quedar exentas de esta obligación solicitándolo previamente. Sin embargo, es altamente recomendable contar con un socorrista por la seguridad que proporciona. También, es requisito imprescindible contar con un armario-botiquín con diverso material de primeros auxilios.
- Asegurarse que el seguro de la comunidad cubra la responsabilidad civil por cualquier incidente relacionado con la piscina.
- La piscina es una zona común y, como tal, debe cumplir los requerimientos legales de accesibilidad. En caso necesario, la comunidad deberá acometer las obras que permitan eliminar las barreras arquitectónicas.
Si su comunidad dispone de los servicios de un administrador de fincas, él es quien mejor le puede asesorar para cumplir con todos los requisitos que permitan a los vecinos disfrutar de la piscina sin que esta zona común se convierta en un auténtico quebradero de cabeza.